VISA
Una de las formas de venir a vivir a Brasil es cuando se tiene un CONTRATO, BECA, PASANTÍA, etc.
En esos casos el trámite se realiza ANTES de salir de Argentina en un Consulado de Brasil.
El permiso que se otorgará es una VISA o VISTO (Existen varias visas diferentes), que tendrá una duración y una finalidad determinada.
Una vez vencida (por tiempo o por cambio de contratante o de condiciones del contrato) se deberá renovar nuevamente en Argentina, en el Consulado de Brasil.
Muchas veces la VISA está supeditada al Contrato firmado, y no se puede, por lo tanto sacar otra residencia una vez que se está en Brasil, pues se corre el riesgo de quebrar el Contrato.
Un ejemplo simple es el de becas de estudio, de investigación, de post grado o de docencia, muchas veces son otorgadas por Instituciones Nacionales o Internacionales, son pagas, y se requiere tramitar la VISA correspondiente en el Consulado del país donde se va a ir a ejercer (Brasil) en el país donde vive el contratado (Argentina).
Ese tipo de Beca suele tener una cláusula donde el contratado se compromete a no modificar el tipo de residencia, o que se compromete a no trabajar por cuenta propia, o cosas así. Si lo hiciera, puede perder la vacante en la Facultad o en el Trabajo.
Por eso, quien entra a Brasil con una VISA debe fijarse bien antes de solicitar otro tipo de residencia.
Y también por eso mismo es que SIEMPRE QUE SE PUEDA, aconsejamos TRATAR DE NO ENTRAR CON UNA VISA DEL CONSULADO, SINO, EN LO POSIBLE, MANTENERSE LIBRE: Entrando como turista y eligiendo una de las dos residencias vigentes para argentinos (que no tienen ningún tipo de condicionamiento, salvo el haber entrado legalmente, no tener deudas con la Justicia y ser argentino o dependiente de argentino).
RESIDENCIA PERMANENTE
La Residencia permanente era, antiguamente, otorgada a personas que probaran tener vinculación con el país: Tener una empresa con más de 12 empleados brasileños y haber invertido un mínimo de U$S 50.000.- (para argentinos) o tener padre, madre, cónyuge o hijos brasileños que dependieran de él, y otros casos similares.
En el caso de inversión en empresa pasaba por múltiples etapas de planificación aprobación, etc. ingreso del dinero vía Bancos Centrales de los dos países, con intervención de los Consulados y Ministerios de Relaciones Exteriores, etc. etc. etc. Finalmente una vez instalada la empresa era posible obtener la residencia para UN ADMINISTRADOR y su familia.
En el caso de unión familiar, la residencia era solicitada en la Policía Federal cumpliendo un montón de requisitos y luego pasaba a Brasilia donde debía ser estudiada en el Ministerio de Justiça. El Ministerio enviaba en varias oportunidades visitas sorpresa (Policía) a la casa o empresa del candidato y debían verificar la veracidad del motivo declarado: Aparecen de madrugada para verificar si la persona duerme allí, revisan armarios para ver si hay ropa de las personas que dicen vivir allí, los cepillos de dientes, piden fotos de las últimas fiestas de cumpleaños o de fin de año, etc.
Luego de dos o tres visitas, que a veces demoran también unos dos o tres años, la residencia era aprobada y el extranjero anotado en el Registro Nacional de Estrangeiros y a partir de allí ya tenía un número de RNE y algunos meses más tarde una Carteira de Identidade de Estrangeiro (CIE) válida por 9 años y renovable.
Residencia permanente por el Acuerdo de Transformación a permanente del visto de turista o temporario.
Este Acuerdo Bilateral, existente solamente entre Argentina y Brasil, entró en vigencia hace muy poco, entre enero y marzo de 2009.
Visitar link para más información: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2007-2010/2009/Decreto/D6736.htm
Por medio de este Acuerdo conocido como “Acuerdo de Permanencia”, “Acuerdo de Permanente directa” o “Acuerdo por Decreto 6736/2009”, el argentino tramita la permanente directa sin otro motivo que su nacionalidad, entrada legal al país y falta de antecedentes penales y recibe una residencia de por vida con igualdad de derechos con los brasileños nativos, para él y su familia (aun para miembros de la familia, dependientes, que no sean argentinos).
Los pasos son similares al trámite de residencia permanente anteriormente mencionado (o el que aun deben hacer los extranjeros que no son argentinos) sólo que en este caso no se requerirán “comprobaciones” de nada.
Los papeles irán a Brasilia y allí serán estudiados y una vez aprobado (no puede ser desaprobado, salvo que haya falsedad en los datos),será entonces publicada la aprobación en el Diario Oficial de la União (DOU) y se le otorgará un número de RNE y meses después una CIE válida por 9 años y renovable.
En total entre que se realiza el trámite y se obtienen un número de RNE y un SINCRE que lo demuestre, pasan unos 8 meses aproximadamente.
Durante ese lapso de tiempo, muchas cosas pueden resultar “complicadas” para el argentino que inició este trámite: Si bien tendrá un protocolo del trámite y puede obtener Certificados de la Policía donde conste su legalidad y sus derechos, la mayoría de las Instituciones y personas desconocen este Acuerdo o no han ajustado sus requerimientos al mismo y el argentino se puede encontrar entonces con que no le otorguen una Carteira de Trabalho o una Carteira de motorista, o que no le quieran abrir una cuenta bancaria, o permitirle ser autónomo o empresario hasta no tener la aprobación publicada en el DOU y el número de RNE.
Esta dificultad, irá despareciendo con el tiempo y el uso, pero por ahora, nosotros recomendamos que quienes necesiten urgentemente de esos documentos no se arriesguen a pedir la residencia por este Acuerdo.
Residencia Temporaria por el Acuerdo MERCOSUR
El Acuerdo MERCOSUR ha entrado en plena vigencia para todo el MERCOSUR, Bolivia y Chile hace muy poquitos meses, pero para los argentinos ya se encontraba en vigencia desde el 2006, pues había sido implementado en forma bilateral entre Argentina y Brasil por medio del llamado “Acuerdo Operativo”, o “Acuerdo Bilateral”.
Visitar link para más información: http://www.jusbrasil.com.br/legislacao/819535/decreto-6975-09
Por medio de este Acuerdo se obtiene en pocos días un número de RNE.
Una vez tramitada la residencia temporaria de dos años con igualdad de derechos con los brasileños nativos, aproximadamente unos 15 días después, hay que volver a la Policía Federal y pedir un SINCRE.
El SINCRE es un Certificado del Ministerio de Justiça que muestra todos nuestros datos personales, el tipo de residencia que se nos ha otorgado, la fecha de vencimiento y nuestro número de RNE.
Con ese número de RNE podremos abrir empresa, trabajar como autónomo, sacar Carteira de Trabalho, sacar carteira de motorista, abrir cuenta en un Banco, y cualquier otro trámite donde nos soliciten RNE.
Llegando al final de la residencia (unos 90 días antes de su vencimiento) la residencia temporaria podrá, por medio de un trámite simple, transformarse en permanente.
El problema de este Acuerdo es que al solicitar la permanente y como demora unos 8 meses en ser publicada, se vence la residencia temporaria antes de que se nos haya otorgado la residencia permanente y de esa forma entramos en un “punto muerto” donde, a pesar de estar legalmente viviendo, y la policía federal puede expedir un certificado que certifique eso, no tenemos ningún comprobante “aceptable” (tipo SINCRE) para presentar a los funcionarios que desconocen las diferentes etapas del Acuerdo.
Posiblemente en algún momento este Acuerdo de residencia temporaria se pueda transformar a permanente antes de los dos años, utilizando para ello el otro Acuerdo (Decreto 6736/2009) uniendo de esa forma las ventajas de los dos Acuerdos juntos y ninguna de sus desventajas: Pedimos la temporaria, obtenemos inmediatamente todos los documentos y después con tiempo suficiente solicitamos la permanente y la obtendremos antes que se nos venza la temporaria.
Sin embargo hasta ahora no ha habido ningún caso y en muchos lugares la Policía Federal viene informando que el Decreto 6736 transforma VISTOS y no RESIDENCIAS y que por lo tanto no se puede transformar una Residencia por la otra, una vez elegido uno de los Acuerdos hay que quedarse en ese.
Diferencias entre VISA (VISTOS) y RESIDENCIA.
Muchas veces tal vez, hayan leído que insistimos (bastante!!!) en que no deben confundir VISTO con RESIDENCIA y que la RESIDENCIA POR ACUERDO MERCOSUR NO SE TRAMITA EN EL CONSULADO DE BRASIL, ETC ETC.
Espero que al leer este documento les quede más claro:
Un visto (o VISA) es un PERMISO que se SOLICITA al Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil, por medio de su Consulado en Argentina, para que NOS AUTORICE A “ENTRAR” A BRASIL POR “DETERMINADO TIEMPO” Y A HACER “DETERMINADA COSA”.
Si ustedes entran en la página del Consulado de Brasil en Argentina en la sección de visas van a leer:
LA VISA NO ES UN DERECHO. ES UNA CONCESIÓN DE UN ESTADO SOBERANO.
Y es verdad, la visa el gobierno te la da (si quiere), y no te deja entrar hasta que no te la haya dado (si quiso) y si cambiaste de rumbo te la anula, y si se te venció y querés renovarla tenés que pedir que te la den de nuevo (si quieren) desde Argentina.
Una residencia es EL DERECHO DE UN CIUDADANO EXTRANJERO O NATIVO A VIVIR EN EL PAÍS. Si la residencia e temporaria el derecho será limitado al período determinado, si la residencia es permanente el derecho es permanente.
Las residencias las otorga el Ministerio de Justiça y no el Ministerio de Relaciones Exteriores. Por lo tanto el lugar donde deben solicitarse y entregarse los papeles es en BRASIL, en alguna dependencia del Ministerio de Justiça (Policía Federal división Estrangeiros, en nuestro caso).
Si el Consulado de Brasil en Argentina les da un VISTO para residencia por el Acuerdo MERCOSUR, lo que está haciendo es darles UN PERMISO PARA ENTRAR A BRASIL “A TRAMITAR” LA RESIDENCIA TEMPORARIA DE DOS AÑOS POR EL ACUERDO MERCOSUR, por el mismo trámite que lo lo hacen los que entraron sin visto.
Los argentinos no necesitamos VISTOS para ENTRAR a Brasil POR NINGUN MOTIVO, el Acuerdo MERCOSUR no requiere de ningún visto ni condición especial de entrada para ser tramitado, por el contrario aclara en su artículo 3º : O procedimento previsto no parágrafo 2 aplicar-se-á independente da condição migratória em que houver ingressado o peticionante no território do país de recepção.
Por lo tanto, quien venga a Brasil por medio de una Empresa o Institución que le EXIJA un VISTO de entrada o de residencia, deberá dirigirse al Consulado en Argentina y pedir ese VISTO DETERMINADO (que lógicamente no será el MERCOSUR) al Ministerio de Relaciones Exteriores antes de su viaje a Brasil.
El resto de los argentinos, aun los que vengan a trabajar con una beca o contrato, si no les fue exigido VISTO entonces entran como turistas y una vez acá tramitan su RESIDENCIA en el MINISTERIO DE JUSTIÇA (Policía Federal).
Fuente: http://www.argentinosenbrasil.com.ar/foro/viewtopic.php?f=37&t=1621
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