segunda-feira, 14 de novembro de 2011

Vehiculos Argentinos en Brasil.

INFORMACIÓN DEL CONSULADO ARGENTINO:

"El Consulado General ha recibido numerosas comunicaciones de ciudadanos argentinos residentes en la Región de Los Lagos (Buzios, Cabo Frío, Macaé, etc.), efectuando consultas sobre la posibilidad de utilizar vehículos con patente argentina en Brasil.
 Al respecto, y a fin de informar cuál es el régimen legal aplicable a estos casos, transmitimos los siguientes puntos de interés, que rogamos sean difundidos entre los residentes argentinos que pudieran estar interesados en lo particular.

1.Los ciudadanos argentinos podrán ingresar a Brasil con un vehículo patentado en la Argentina en calidad de turistas y por 90 días (renovables por otros 90 días).
2.El tránsito de esos vehículos no está sujeto al cumplimiento de formalidades aduaneras específicas, sin perjuicio de controles que puedan ser realizados en frontera por las autoridades competentes.
3.Quien ingrese al Brasil con Residencia Temporaria o Permanente no podrá hacerlo con su vehículo argentino.
4.Si ingresó al Brasil con vehículo argentino y en condición de turista, y una vez aquí efectuó los trámites para obtener la residencia legal, debe devolverse el vehículo a la Argentina en un tiempo prudencial. No existen plazos establecidos, por lo que se recomienda realizarlo a la brevedad posible.
5.Si estas personas (incluso el propietario del vehículo) salieran eventualmente de Brasil, la permanencia del vehículo en este país será admitida sólo mediante previa tramitación ante la Receita Federal.
6.El vehículo registrado en la Argentina debe ser conducido en Brasil únicamente por el propietario o por una persona por él autorizada.
7. La única manera de conservar el vehículo una vez obtenida la residencia legal en Brasil es a través de la nacionalización o importación del mismo frente a la Receita Federal, situación en la que el auto deberá ser registrado posteriormente ante el DTRAN estadual correspondiente.
La normativa que regula esta materia es la Resolución 35/02 del Grupo Mercado Común del Mercosur, la cual puede encontrarse en www.mercosur.int. Tal Resolución fue incorporada a la legislación brasileña por el Decreto 5637/2005."

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